Proyecto de Ley Orgánica de Parto Humanizado

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Proyecto de Ley Orgánica de Parto Humanizado

El Proyecto que se tramita en la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional es el conjunto de dos propuestas distintas; una presentada por la Presidenta del Legislativo, Gabriela Rivadeneira y otra, por la legisladora de Pachakutik, Lourdes Tibán. Entre los puntos principales se contempla los siguientes:

  • Derecho de la mujer a elegir entre parto normal y cesárea.
  • Si los médicos se ven obligados a practicar cesárea, tendrán que emitir un informe detallado que justifique la necesidad de ese tipo de intervención y enviarlo a la autoridad sanitaria correspondiente.
  • Se establece la figura de la “violencia obstétrica” que se refieren a la “falta de autonomía de las pacientes y a su derecho a la información” y que se identifican en diferentes conductas como la obstaculización sin justificación del “apego precoz del niño o niña con su madre, negándole la posibilidad de cargarlo y amamantarlo después de nacer”, la alteración del proceso natural de parto sin el consentimiento voluntario y expreso de la mujer, o “la práctica de la cesárea cuando existen las condiciones para el parto humanizado” sin el consentimiento de la madre.
  • Se incluyen procesos de auditoría para en centros médicos a nivel nacional por parte de la autoridad sanitaria.

Se establece además una reforma única a la Ley Orgánica de Salud: se pide la inclusión en el segundo párrafo del numeral 6 del artículo 6 dirigida a los establecimientos de salud que atienden a mujeres embarazadas, partos y cesáreas que busca que se evalúe cuidadosa a la embarazada para decidir el parto más conveniente con los protocolos y decisiones emitidos por la Autoridad Sanitaria Nacional. Sin perjuicio de ello, la disposición sí contempla que será la madre la que decida el tipo de intervención para el parto, siempre que su selección no implique riesgo para ella o el neonato.