Legislaciones relevantes de la última década

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Legislaciones relevantes de la última década

Durante los primeros nueve años del periodo del ex presidente Rafael Correa, la Asamblea Nacional aprobó 188 leyes, cerca del 60% fueron iniciativa del Ejecutivo, dentro de las cuales se encuentran entre otras, la Constitución de Montecristi, el Código Orgánico Monetario y Financiero, el Código Orgánico General de Procesos, el Código Orgánico Integral Penal, la Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optiminización del sector Societario y Bursátil (que modifica, entre otras, la Ley de Compañías, Ley Mercado de Valores, Ley Notarial), la Ley de Incentivos a las Asociaciones Público Privadas y a la Inversión Extranjera, las reformas al Código del Trabajo y a Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

Tres socios de Consulegis opinan sobre las leyes que, según su criterio, fueron las más importantes en los últimos diez años.

Fabrizio Peralta, experto en Derecho Corporativo y Laboral, dice que es necesario mencionar la nueva Constitución, que es, además, la vigésima de la historia constitucional del Ecuador. Luego menciona al Código Orgánico Integral Penal que derogó al antiguo Código Penal y, además, al bastante reformado Código de Procedimiento Penal, que apenas había sido dictado en 1999. Y finalmente menciona al Código Orgánico General de Procesos que cambió el paradigma de los juicios esencialmente escritos a otro por audiencias básicamente orales.

Sobre las reformas en los últimos diez años Peralta también menciona las del Código del Trabajo y dice que muchas de ellas tornaron aún más inflexible el régimen laboral del país. Destaca el Mandato Constituyente Nº 8, dictado por la Asamblea Constituyente, que allanó el camino para suprimir la tercerizarión e intermediación laborales (y que luego fueron prohibidas expresamente por la Constitución de Montecristi). “Luego, a través de la supresión del contrato de trabajo a plazo fijo, que incidió mucho en el aumento de las tasas de «empleo no adecuado» (eufemismo técnico para no decir, de plano, subempleo) y de desempleo”, dice Peralta. Sobre el mismo tema, él resalta la creación de la figura del contrato de trabajo juvenil que impone unos porcentajes de contratación de trabajadores jóvenes que son fijados por el Ministerio del Trabajo. Según Peralta, a través de estas reformas laborales se le dio a dicha cartera de Estado la facultad de establecer límites a las remuneraciones que perciben los ejecutivos de los empleadores privados (aunque hasta ahora no han dictado el reglamento para fijar tales límites), a lo que hay que adicionar los límites a las utilidades que pueden percibir los trabajadores. Otro tema que se modificó fue el encarecimiento de la renuncia voluntaria o, con más propiedad, de la terminación por mutuo acuerdo del contrato de trabajo: antes no se pagaba suma alguna al trabajador que renunciaba, ahora hay que pagarle la bonificación por desahucio, que lógicamente se vuelve más onerosa mientras mayores son los años de servicios de quien decide dejar de prestar servicios para el empleador.

Heidi Laniado, experta en Derecho Procesal Civil y Mercantil, dice que la ley más importante de estos últimos diez años es el Código Orgánico General de Procesos. “Cambió la forma en la que los ciudadanos acceden a la justicia, y como ésta se conduce. Transformó totalmente la forma en la que los abogados ahora litigamos y ejercemos nuestra profesión. El nuevo Código está aún en etapas iniciales de implementación, requerirá de algunos años para que los operadores de jusiticia y los usuarios lo apliquen correctamente. Pese a ello, creo que es un cambio normativo positivo, que – aplicado correctamente- puede transformar la administración de justicia en el Ecuador”, opina.  Lo anterior, agrega Laniado, solo será posible si se respeta la separación de poderes y la institucionalidad de la Función Judicial, pues sin eso, los cambios normativos son irrelevantes.

El socio Fernando Cisneros, especializado en la estructuración jurídica de negocios y asociaciones público privadas, señala que la ley más relevante es la Ley Orgánica de Incentivos a las Asociaciones Público Privadas y a la Inversión Extranjera, porque al final del periodo de gobierno abre paso a la inversión privada que, en esta década, había sido relegada como consecuencia de la aplicación de un modelo económico donde el Estado era el motor de la economía, centralista y concentrador de funciones. “Esto, más allá de que una ley por sí sola no atrae la inversión y se requieren más elementos como la seguridad jurídica, constituye un cambio de dirección y , la apertura del modelo económico político del gobierno”, concluye.