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Más de 1800 millones de dólares en contratos de inversión

Entre enero y julio de 2015, el Consejo Sectorial de la Producción, aprobó treinta y seis contratos de inversión que representan 1.856 millones de dólares, según lo anunció la ministra de producción, Nathalie Cely. Esta suma corresponde a los contratos que firman los empresarios para nuevas inversiones en Ecuador en diferentes sectores, como el de energías renovables y turismo.

Los contratos de inversión se suscriben para estabilizar los incentivos tributarios durante el tiempo que dure el contrato, que puede ser máximo quince años. Esta estabilidad se puede aplicar al impuesto de la renta, ISD y otros impuestos directos nacionales. En ciertos casos, como en los de explotación de minería metálica a mediana y gran escala destinada a exportar, el IVA también puede ser estable.

A inicios de julio de 2015, en el sector de energía renovable se autorizaron dos contratos en la provincia de Guayas: uno para construir una planta de destilería de jugo de caña de azúcar para obtener biocombustible, y otro para implementar tecnología en la generación de energía limpia.

Desde el 2013, los contratos de esta índole que se han firmado, suman más de cuatro mil millones de dólares. Estos contratos están regulados por el Código de la Producción.

163 partidas arancelarias no tendrán salvaguardia

Luego de que se cumpla el primer trimestre de la aplicación de las salvaguardias que impuso el Gobierno, la ministra coordinadora de Producción, Nathalie Cely, dijo que el Consejo de la Producción aprobó una resolución para que 163 partidas arancelarias sean excluidas del mecanismo de salvaguardia. En marzo de 2015 el Gobierno impuso sobretasas arancelarias –de entre 5 y 45 por ciento– a 2.961 partidas arancelarias como productos alimenticios, artículos tecnológicos, camiones, maquinaria, materias primas. Y entre marzo y mayo, las importaciones de los productos afectados con las salvaguardias se redujeron en 360 millones de dólares respecto al mismo periodo del 2014.

Las 163 partidas arancelarias que se excluirán de esa lista, según anunció la ministra Cely, están relacionadas con bienes necesarios para la exportación, y se quitarán por el impacto que tiene en la producción y el encarecimiento de las exportaciones, que equivalen a 1.000 millones de dólares en ventas del país.

Miembros del sector de comercio exterior han pedido que también se excluyan las partidas para plásticos, colorantes, pulpas de frutas, partes de línea blanca. Mientras que representantes del sector empresarial han planteado excluir las partidas para productos como maquinarias, montacargas, camiones y otros insumos.

Tres puntos del Código de Procesos que ya están vigentes

El resto del cuerpo legal se aplicará dentro de un año

El Código de Procesos, aprobado el 22 de mayo de 2015, agrupa todos los procedimientos judiciales, e intenta erradicar la mala fe al litigar evitando un exagerado tiempo de duración de las causas. Entre los cambios que incorpora están la oralidad a través de juicios por audiencias y la creación de sistema de juzgamiento abreviados. Este cuerpo legal tiene cinco libros –normas generales, actividad procesal, disposiciones comunes a todos los procesos, procesos y ejecución– que entrarán en vigencia en mayo del 2016. Existen, sin embargo, disposiciones relativas a tres temas –citación, abandono y arbitraje– que ya están vigentes desde que se publicó la ley, hace un mes.

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¿Qué hay detrás de la nueva agencia que regula al sector médico?

Entrevista al abogado José Francisco Acosta sobre Acess

El 25 de junio de 2015, el presidente Rafael Correa, mediante decreto ejecutivo, creó la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess). Una entidad, según el documento, para regular la calidad de los servicios de salud públicos, privados y comunitarios, con o sin fines de lucro, de las empresas de salud y medicina prepagada, y de personal de salud. José Francisco Acosta, abogado de Consulegis, contestó las preguntas sobre este nuevo ente que tendrá atribuciones que antes le correspondían al Ministerio de Salud.

¿Por qué se crea la Acess?

Como lo dice su nombre, se crea para asegurar la calidad de servicio médico en hospitales públicos y privados y, de una manera no tan clara, para controlar las compañías de medicina prepagada. Lo que dicen las autoridades públicas es que no consideran correcto que sea el mismo Ministerio de Salud –que tenía a su cargo diferentes centros públicos de prestación de servicios de salud–, el que controle la calidad de estos y las demás instituciones prestadoras del servicio.

¿Con esta agencia no se duplican las competencias?

El problema es que la Ley Orgánica de Salud le otorgaba al Ministerio de Salud Pública determinadas competencias y atribuciones, y ahora este decreto ejecutivo –que es una norma jurídica inferior– le pretende dar esas atribuciones a esta nueva agencia. Entonces no solo que hay duplicidad de competencias, sino ilegalidad en la atribución de competencia a esta nueva agencia.

¿Cuáles son las funciones principales de la agencia?

Dicen que es asegurar la calidad pero dentro de las funciones está la de sancionar a los médicos.

¿Cuáles serían los motivos de sanción?

Todavía no hay reglamentación pero adelantaron que van a ser la instancia administrativa que procese y sancione la mala práctica profesional. Ese es otro de los problemas que tiene la creación de la Agencia vía decreto, pues dice vamos a crear reglamentos, vamos a crear instructivos, es decir, depende de normativa secundaria de menor rango, entonces se va conformando un tipo de telaraña de normativa para los médicos y centro de salud. Eso creo que molesta a los médicos.

7. ¿Por qué?

Porque va a haber un momento en que va a haber tanto instructivo, reglamento, cosas por las que tengo que cuidarme. Un ejemplo es lo que sucede con el SRI, se supone que los contribuyentes deberíamos regirnos por lo que dice la Ley pero en nuestro país no pasa sino que se guían por lo que dicen las circulares o instructivos del SRI. Se va a hacer una telaraña normativa y en un momento no vas a saber qué hacer. Lo que piden los médicos es que esta normativa se concentre en un solo cuerpo legal. Así debería ser porque eso dice el principio de legalidad: las infracciones y las sanciones a estas deben estar en una norma de rango de ley y no en un reglamento.

¿Esas normativas podrían duplicar las funciones que ya están en las leyes existentes?

Concretamente esta función de emitir normativas era competencia del Ministerio de Salud, vía ley. El decreto lo que dice es que esas competencias que tenía el Ministerio se transfieren a la  Agencia pero no es la forma de hacerlo.

¿Ahí hay una ilegalidad, contradicción?

Hay una superposición porque una norma de rango inferior asume competencia que no le corresponde, quitando competencias a un organismo y dándoselas a otro.

¿El decreto no anula la Ley?

No, porque para anular en derecho administrativo tiene que haber una declaración que diga anulo las competencias pero lo hace de una forma más delicada: se traspasa las competencias.

¿En estos reglamentos que van a salir se podría incluir que se anule esa parte de la Ley Orgánica de Salud que atribuye al Ministerio de Salud el control de los servicios?

No lo van a hacer. El decreto es un mal precedente sobre cómo debería actuarse porque si hay una ley que le da competencias a un organismo público debería ser una misma ley la que se los quite y se los entregue a esta agencia. Ahora lo están haciendo mediante decreto. No veo la forma de que estos instructivos le quiten competencias al MSP.

¿Cuál hubiera sido la manera correcta de crear esta Agencia?

Vía ley: que se presente un proyecto, dentro de un código, una ley autónoma, una reforma, pero tenía que pasar por la Asamblea. Mucho más por las competencias que tiene esta agencia: potestad de controlar y sancionar a las personas. No se pueden establecer infracciones en reglamentos, es decir en cuerpos legales inferiores a la Ley. La infracción y la sanción debería estar en un cuerpo legal llamado ley como producto de lo que hace la Asamblea Nacional, no puede ser producto de un decreto ejecutivo.

¿Quiénes están normados por la agencia?

Hospitales públicos y privados y las compañías que prestan los servicios de medicina prepagada. La Agencia lo que va a buscar es controlar más estrictamente la calidad porque hay algunas compañías médicas que tercerizan sus servicios. Por ejemplo una clínica ofrece al paciente servicio de laboratorios, cámara hiperbárica, farmacia, rayos X, pero esos servicios no están dentro de la persona jurídica que lo brinda sino que lo terceriza.

¿Esa podría ser otra intención de la Agencia?

Creo que por ahí también viene el control, en concentrar los servicios y que un hospital sea realmente un centro de salud, que brinde servicios laboratorio, rayos X sin estar contratando con otras compañías un servicio que es propio de su giro del negocio.

¿Dentro de la regulación de calidad no entran también la regulación de precios?

Sí, pero más que el techo a los servicios de salud va encaminado a la derivación de pacientes, lo que se ha venido dando con el fin de asegurar el servicio de salud es si el hospital del IESS ya superó su capacidad, no puede atender más pacientes, lo derivan a la clínica privada X.

Pero eso ya lo hacen desde hace varios años.

Sí, pero el problema es que nunca se puso un techo. Si un paciente va por apendicitis le puedes cobrar entre 600 y 2000 dólares. Ahora ellos van a decir si te derivan un paciente, tú ya no le vas a cobrar lo que quieres sino lo que diga la Agencia. El Seguro Social tiene una deuda enorme con las clínicas privadas y esta Agencia viene a poner un orden. Tal vez no puedan esperar que venga un Código de la Salud que regule esto. Parece que el tema del Seguro Social está fuera de control, la deuda de los hospitales es gigante.

¿Esa sería otra motivación del decreto?

Así es, que no se acumule la deuda que tiene que pagar el Estado en algún momento.

¿Qué opina el sector médico de este decreto?

Lo que puede inquietar a los médicos es que no hubo un debate en la creación de esta agencia. Ellos dicen que no tienen nada en contra de que se cree una agencia sino que están en contra que no se la incorpore en el Código de la Salud que está próximo a debatirse. Creen que debió debatirse y que ellos debieron intervenir como gremio. Y todo ese camino se lo ha acortado mediante decreto ejecutivo. No quiero decir que el decreto fue hecho al apuro pero parece que no consideraron el malestar de los médicos por la inclusión en el Código Penal de la mala práctica médica. Me sorprende cómo teniendo ese antecedente, el gobierno no se cuidó ni los reunió para socializar la creación de la agencia.

Nuevo Código de Procesos

Un cuadro para entender cómo funciona la legislación que agrupa los procedimientos en el país

La última semana de mayo del 2015 se aprobó el Código General de Procesos, que agrupa todos los procedimientos judiciales en un solo cuerpo. Las únicas dos materias que no están incluidas en esta ley –de jerarquía orgánica– son la constitucional y la penal. La Asamblea Nacional dijo en su página web que a través del Código General de Procesos “se moderniza el sistema judicial ecuatoriano”.

La reforma laboral ya tiene sus primeros reglamentos

Ley de Justicia Laboral entró en vigencia en abril de 2015, y el Ministerio de Trabajo ha empezado a reglamentarla (de conformidad con la ley, debe hacerlo en 180 días contados desde que se expidió). Hasta finales de mayo ha emitido tres acuerdos ministeriales: la creación del Sistema de Administración Integral de Trabajo y Empleo (Saite), la regulación de contratos a plazo fijo, y la forma en que deben pagarse las decimotercera y decimocuarta remuneraciones.

 

Durante las dos primeras semanas de junio, deberá emitir tres más para: reglamentar el funcionamiento del Consejo Nacional de Trabajo, regular las elecciones del comité de empresas mediante votación libre, directa y secreta, y para regular el contrato de obra o servicio determinado.

 

En estos primeros cuarenta días de vigencia de la Ley, el Ministerio también ha trabajado –en conjunto los sectores productivos interesados–  en los siguientes borradores de acuerdos e instructivos:

 

  1. Acuerdo para la aplicación del Contrato de Trabajo Agrícola.
  2. Acuerdo para la regulación de la relación de trabajo especial en el Sector del Transporte de pasajeros y de carga.
  3. Acuerdo para regular la relación de trabajo con tripulantes aéreos.
  4. Instructivo para la celebración de contratos de trabajo con trabajadores portuarios.
  5. Instructivo para la celebración de contratos de trabajo de la gente de mar.
  6. Instructivo para la celebración de contratos de trabajo minero.
  7. Instructivo para la celebración de contratos de trabajo a domicilio y teletrabajo.

 

Para elaborar los borradores, el Viceministerio de Trabajo conformó grupos multidisciplinarios que pidieron la revisión y observaciones de otros ministerios involucrados y con actores privados.

Base imponible de impuesto a la herencia bajaría a la mitad

Base imponible de impuesto a la herencia bajaría a la mitad
Más contribuyentes pagarían ese tributo

Hasta fines de mayo del 2015, dejar una herencia en Ecuador superior a 68.800 dólares generaba un impuesto. Este valor podría cambiar, según lo anunció el presidente Rafael Correa durante su discurso de rendición de cuentas del 24 de mayo. El Presidente dijo que la base imponible del tributo a las herencias, donaciones y legados, se reduciría casi a la mitad: cien salarios básicos unificados. De aprobarse, cualquier herencia que superase los 35.400 dólares pagaría el tributo.

Correa ha dicho que enviará el proyecto de ley a la Asamblea en los próximos días. “El patrimonio heredado es un factor de inequidad fundamental”, dijo en su discurso. Para justificar su propuesta, presentó cifras de estudios realizados en Ecuador: 3 de cada mil ecuatorianos reciben una herencia, y solo 3 de cada cien mil recibe más de USD 50.000.

La recaudación del Impuesto a las Herencias en 2014 fue de USD 10.6 millones.

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Socio de Consulegis fue designado director jurídico de la Cámara de Industrias

Fabrizio Peralta Díaz, socio de Consulegis, fue nombrado director jurídico de la Cámara de Industrias de Guayaquil. Ha sido asesor jurídico de la Cámara de Comercio de Guayaquil y árbitro del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito. En su larga trayectoria, Fabrizio ha participado en relevantes procesos de constitución, adquisición y fusión de consorcios y empresas, y de nuevas tecnologías. Es considerado un experto en Derecho Laboral.

Nueva ley de “amnistía tributaria”

En los primeros días de mayo de 2015, se aprobó la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos, que se ha denominado de forma coloquial como “amnistía tributaria”. Esta ley –que fue remitida a la Asamblea por el Presidente con el carácter de urgente– permite que los intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias y fiscales cuya recaudación le corresponda única y directamente al Servicio de Rentas Internas, puedan ser perdonadas. Igualmente, existen disposiciones para que los gobiernos autónomos y descentralizados al igual que el Banco Nacional de Fomento puedan condonar intereses, multas y recargos.

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Nuevos segmentos de crédito

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En abril de 2015, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera aumentó los
segmentos de créditos que las instituciones del sistema financiero otorgan. Ahora hay diez
–algunos con subdivisiones: productivos, comercial ordinario, comercial prioritario,
consumo ordinario, consumo prioritario, educativo, vivienda de interés público,
inmobiliario, microcrédito y crédito de inversión pública.
Las tasas para ciertos segmentos son:
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El detalle de la disposición publicada en el Registro Oficial es la siguiente:
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