Nuevas normas para erradicar la discriminación laboral

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Nuevas normas para erradicar la discriminación laboral

Empresas con más de 10 trabajadores deberán de contar con programa de prevención de riesgos psicosociales

El 16 de junio del 2017 entró en vigencia un acuerdo ministerial denominado “Normativa para la erradicación de la discriminación en el ámbito laboral” cuyo objetivo es delimitar la legalidad de los requisitos solicitados a los potenciales trabajadores frente a un empleador. Así como también establecer procedimientos para hacer valer el derecho a la no discriminación laboral de los ciudadanos por su edad, género, etnia, condición de salud, identidad sexual y aspecto físico.

Entre lo más destacable del acuerdo ministerial está la prohibición de la solicitud de documentos sensibles durante el proceso de selección de personal como pruebas de embarazo, información referente al estado civil, fotografías personales, pruebas de VIH, antecedentes judiciales, prohibición de uso de vestimenta relativa a la etnia o a la identidad de género, y la determinación de criterios de selección no relacionados con las habilidades para la vacante disponible.

También se estableció un proceso para denunciar la discriminación ante el Ministerio de Trabajo mediante el cual el trabajador afectado podrá presentar una acción ante la autoridad administrativa para exponer la vulneración a sus derechos. Tras el procedimiento oportuno, y en caso de que hubiere infracción, el Director Regional de Trabajo estará facultado para imponer al discriminador una multa entre 3 y 20 salarios básicos unificados (SBU), y la reincidencia de tal conducta acarreará automáticamente una multa de 20 SBU.

Finalmente, esta nueva normativa estableció que en todas las empresas e instituciones públicas y privadas que existan más de 10 trabajadores, se deberá realizar un programa de prevención de riesgos psicosociales. Dicho programa deberá ser implementado y reportado anualmente al Ministerio de Trabajo de acuerdo al proceso que se establezca para aquello. La sanción por no cumplir con el programa incluirá multas, cierre de establecimientos, y/o, suspensión de actividades.  Este control ministerial correrá desde el 1 de enero del 2018.

La Autoridad Laboral dispone de 30 días desde la publicación de esta normativa para incluir en su página institucional el programa de prevención de riesgos psicosociales, así como las guías técnicas y herramientas necesarias para el cumplimiento de lo establecido.